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Estudio Anual

Casi el 90% de los malagueños adelanta a noviembre sus compras de Navidad La mayoría eligen realizar sus compras en grandes superficies e hipermercados. Tan sólo el 3,7 % comprará en el pequeño comercio. Se mantiene la predisposición a comprar por internet pero desaparece el miedo a las aglomeraciones presenciales como motivo. 24 de noviembre de 2022....


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Buzón de sugerencias a EMASA

IDEA CONJUNTA DE Finalidad: optimizar los canales de comunicación hacia las personas consumidoras Déjanos tus opiniones y peticiones de forma anónima en: Presencial en nuestra sede: Alameda de Colón, 9, Ático 2 Online: Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla Haz oír tus derechos—Somos tu altavoz desde 1985


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Contacto de la Unión de Consumidores de Málaga

La Unión de Consumidores de Málaga, asociación en defensa para los derechos de los usuarios y consumidores, está a disposición de los ciudadanos en las siguientes vías: Dirección: Alameda de Colón, 9, Ático 2. 29001 - Málaga Horario: De lunes a jueves, de 8 a 14 horas. Viernes, de 8 a 13 horas. (Horario de verano, del 14 de junio al 17...


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Declarada Entidad de Utilidad Pública

Desde el pasado mes de diciembre, la Unión de Consumidores de Málaga cuenta con la acreditación de Entidad de Utilidad Pública. De esta manera, se convierte en la primera organización de Consumidores y Usuarios en recibir esta acreditación en España. Inscrita ya dicha declaración en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades, desde la Unión de Consumidores de Málaga celebramos...


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Iberia: facturación de maletas
Miércoles, 07 de Octubre de 2009 12:00

La Unión de Consumidores recuerda a Iberia que es ilegal el cobro adicional por facturación de maletas 07/10/09. TRANSPORTES. La Unión de Consumidores recuerda a Iberia que el cobro adicional por facturación de maletas es ilegal y que varias compañías "low cost" tienen expedientes abiertos por esta práctica en la Agencia Catalana de Consumo. La Unión de Consumidores denunciará a Iberia en el caso de que establezca esta medida, al igual que ha hecho con otras compañías aéreas por prácticas similares.

Establecer una tasa por facturación de equipaje independiente del coste del billete contraviene lo establecido en la artículo 97 de la Ley 48/1960 de Navegación Aérea donde se señala que "el transportista estará obligado a transportar juntamente con los viajeros, y dentro del precio del billete, el equipaje, con los límites de peso y volumen que fijen los reglamentos. El exceso será objeto de estipulación especial".

De este modo, este recargo no puede exigirse, puesto que ya está incluido en el precio del billete.

La Unión de Consumidores recuerda a los usuarios la importancia de reclamar estas prácticas con el fin de que la administración pueda actuar, e insta a todos los afectados a que interpongan la correspondiente queja. Además, recuerda la posibilidad de reclamar las cantidades facturadas ilegalmente a través de la vía judicial (juicio de menor cuantía, para reclamaciones que no superen los 900 euros) que no requiere de abogado ni procurador.

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