La Crisis agudiza el ingenio y crea nuevas formas de consumo a través de la red: la rifa de casas Array Imprimir Array

La mayoría de las organizadoras de rifas no cumplen con la legalidad.

Con la llegada de la crisis se ha creado una nueva modalidad de venta, en concreto la venta de bienes inmuebles a través de la red, una forma bastante peculiar. Son muchas ya las personas que optan por rifar su casa, su parcela o su lugar de residencia a través de Internet. Una práctica que puede suscitar cierta controversia en cuanto a la legalidad del asunto.

La rifa por Internet es una práctica legal, una condición que adquiere, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones.

Estos requisitos pasan por: depositar las bases de la rifa en una notaría y obtener la autorización pertinente de la Dirección General de Espectáculos Públicos, y en el caso que exceda los límites de la Comunidad Autónoma, Loterías y Apuestas del Estado será quien tenga la competencia de adjudicar esta licencia.

En cualquier caso y, pese a que la rifa se encuentre dentro del marco legal, con las garantías de carácter administrativo y civil correspondientes, desde la Unión de Consumidores queremos advertir que la apuesta no está exenta de riesgo para el usuario, puesto que la rifa se celebrará estén vendidos todos los boletos o no.

Otros casos, la mayoría, no cumplen con la parte administrativa y están fuera de la legalidad (no solicitan autorización a los órganos competentes), aunque esto no significa que quien sea poseedor del ticket premiado no tenga derecho a su premio.

Existe una obligación civil entre quien organiza la rifa y el usuario poseedor del boleto; es decir, hay una responsabilidad privada con el usuario y la organización está obligada a cumplir con su parte, en caso contrario será objeto de una penalización administrativa.

El principal problema viene cuando se procede a actuar sobre este tipo de empresas; normalmente suelen tener su domicilio fiscal o su registro fuera del territorio nacional, lo que supone una dificultad importante a la hora de localizar a los responsables del fraude.

Desde la Unión de Consumidores proponemos dos normas básicas a seguir si se quiere participar en este tipo de juegos de azar: en primer lugar, preocuparse por localizar el bien que se quiere adquirir y comprobar la titularidad del mismo en el registro de la propiedad; y , en segundo lugar, solicitar a la Dirección General de Espectáculos Públicos o en las delegaciones de gobierno de las respectivas provincias la información en regla para tener conocimiento de si el sorteo se encuentra dentro del marco legal.